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Disminuye arresto de menores migrantes no acompañados

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Por Juan José Romero Razo. Corresponsal

El arresto de menores migrantes no acompañados disminuyó por segundo mes consecutivo en la frontera Sonora-Arizona, de acuerdo con datos de la Patrulla Fronteriza.

Indicó que se llegó a un 9.8 por ciento menos en los primeros cinco meses del ejercicio fiscal 2017 respecto al periodo anterior.

En su reporte mensual, la corporación de Estados Unidos detalló que entre el 1 de octubre y el 28 de febrero pasado fueron asegurados tres mil 823 niños y adolescentes solos en los sectores de Yuma y Tucson, Arizona.

Indicó que en los mismos cinco meses del ejercicio anterior las aprehensiones fueron de 4 mil 236, de menores de edad hasta los 17 años.

Destacó que el comparativo de cifras de los cuatro primeros meses de los años fiscales 2017 y 2016, hasta el 31 de enero, eran de 2.2 por ciento menos para el presente ejercicio, pero ahora la diferencia es de 9.8 por ciento menos aprehensiones.

Detalló que además de los menores de edad procedentes de México, la estadística también incluye aquellos nacidos en Guatemala, El Salvador y Honduras.

Recordó que en ese país el año fiscal inicia el 1 de octubre del año anterior y termina el 30 de septiembre del ejercicio nominativo, en este caso 2017.

En dicho marco, para que los consulados de México garanticen de manera segura el derecho a la identidad de los mexicanos en el extranjero, la diputada local Karmen Aída Díaz Brown Ojeda presentó una iniciativa de reforma al Artículo 44 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Al presentar el documento en el Congreso local, refirió que el objetivo es que las autoridades consulares deben asegurarse que los datos y los documentos presentados por los solicitantes para registrar a un niño sean ciertos y legítimos.

La legisladora expuso que si bien es muy importante garantizar el derecho de identidad de los mexicanos en el extranjero, no lo es menos que ese derecho se garantice de manera correcta.

“Es decir, que la autoridad debe asegurarse que los datos sean ciertos y los documentos presentados por los solicitantes sean legítimos.

“Sobre todo cuando se trata de registrar desde un país extranjero, a través de los consulados mexicanos, los nacimientos de personas que presuntamente reúnen los requisitos para adquirir la nacionalidad mexicana”, estableció.

“Es importante tomar estas medidas, no para poner trabas en el registro del nacimiento de mexicanos, sino para asegurarnos que las actas tramitadas ante la autoridad consular, no sean utilizadas para cometer hechos ilícitos en contra de las personas cuyo nacimiento se registre.

“O en contra de terceros, o que, peor aún, que se pretenda despojar de su verdadera identidad a menores de edad para fines perversos”, explicó Díaz Brown Ojeda.

Puso como ejemplo de esos fines perversos los casos de delitos de tráfico de personas, explotación sexual, adopciones ilegales, matrimonios con menores de edad, sustracción de menores y otros similares, consideró.

Donde no sólo se lesiona el interés superior del menor, sino el de sus familiares, el de la comunidad a la que pertenecen e incluso se puede llegar a afectar los intereses de la sociedad en la que pretende introducirse ilegalmente al menor, refirió la legisladora.

Ante este riesgo que se presenta, es necesario modificar la Ley de Servicio Exterior Mexicano, precisamente para evitar los problemas que el legislador federal intenta combatir al otorgarle facultades a la autoridad consular para actuar en funciones de Juez del Registro Civil, expresó.

Dijo que esto es con el propósito de que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) tenga la obligación de celebrar los convenios de coordinación a que hace alusión dicha normatividad federal.